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Plazos de Prescripción en Negligencia Médica en Chile: ¿Cuánto Tiempo Tienes para Demandar?

Equipo Defensa Médica22 de abril de 20268 min de lectura

Los plazos en negligencia médica son estrictos. Si los dejas correr, pierdes tu derecho a demandar. Conoce cuánto tiempo tienes según el tipo de prestador y el régimen de responsabilidad.

El plazo de prescripción es el tiempo máximo que tienes para ejercer tu derecho a reclamar. En negligencia médica los plazos varían según qué régimen de responsabilidad se aplica, y dejarlos correr significa perder el derecho a obtener compensación, por sólido que sea tu caso.

¿Qué es la prescripción?

La prescripción es un modo de extinguir los derechos por el paso del tiempo. En materia civil, si no demandas dentro del plazo legal, tu acción prescribe y los tribunales no podrán acoger tu reclamo aunque el daño y la culpa sean evidentes.

Prestador privado — responsabilidad extracontractual

Según el artículo 2332 del Código Civil, las acciones extracontractuales prescriben en 4 años desde que se cometió la acción u omisión dañosa. Es el régimen más común cuando no hay un contrato formal de prestación de servicios (por ejemplo, atención de urgencia sin suscripción previa).

Prestador privado — responsabilidad contractual

Cuando existe un contrato (por ejemplo, una cirugía programada con orden y consentimiento informado suscrito), la acción es contractual. Según la regla general del Art. 2515 del Código Civil, prescribe en 5 años desde que la obligación se hizo exigible.

Hospital público — falta de servicio (Ley 19.966)

La responsabilidad del Estado por falta de servicio en salud pública se rige por el artículo 38 de la Ley 19.966. El plazo para demandar es de 4 años desde la acción u omisión que causó el daño.

Acción penal — cuasidelito de lesiones u homicidio (Art. 491 CP)

El Art. 491 del Código Penal sanciona el cuasidelito médico: lesiones u homicidio causados por negligencia, imprudencia o impericia del profesional. El plazo de prescripción de la acción penal es de 5 años para el simple cuasidelito.

Suspensión del plazo durante la mediación

Una regla crucial: al iniciar la mediación prejudicial, el plazo de prescripción se suspende. La suspensión opera desde que se ingresa la solicitud y dura hasta que el mediador emite el certificado final (acuerdo o mediación frustrada). Esto te protege si el plazo está próximo a vencer: puedes "detener el reloj" iniciando mediación.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

Como regla general, el plazo corre desde la acción u omisión dañosa. Sin embargo, en casos de daños que se manifiestan tardíamente (por ejemplo, una infección diagnosticada meses después), los tribunales chilenos han aplicado el principio de que el plazo corre desde que la víctima toma conocimiento efectivo del daño y de su nexo con la conducta médica.

Preguntas frecuentes

Los tribunales chilenos han aplicado la doctrina del conocimiento efectivo del daño. El plazo comienza cuando la víctima razonablemente pudo conocer el daño y su relación con el acto médico. Consulta pronto para evaluar tu caso.

Lo suspende. El plazo deja de correr al ingresar la solicitud de mediación y se reanuda cuando se emite el certificado de mediación frustrada. Si se alcanza acuerdo, la acción civil queda resuelta.

La acción civil puede ejercerse dentro del proceso penal. Si la acción penal aún no prescribe, es posible reclamar la indemnización en ese procedimiento.

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